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El TSJ de Castilla-La Mancha impone el cese inmediato de la actividad en la granja de cerdos del Paraje de La Lobera

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El TSJ de Castilla-La Mancha impone el cese inmediato de la actividad en la granja de cerdos del Paraje de La Lobera

A pesar de ello la explotación porcina sigue funcionando a pleno rendimiento

El problema de los malos olores, ese aire pestilente que de vez en cuando, según la dirección del viento, invade a la ciudad y en muchas más ocasiones al barrio del Pino y sus aledaños, parecía que por fin estaba a punto de solucionarse.

Una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el 21 de octubre de 2013 confirmaba la dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Albacete, y por la que se desestimaba el recurso de apelación interpuesto por Ramón Fuentes Tébar, contra el Ayuntamiento de Hellín, que ordenaba, por resolución de la Alcaldía del 19 de abril de 2010, el cese inmediato de la actividad de la explotación ganadera de una granja de cerdos, de la que es responsable, ubicada en el Paraje de la Lobera y el desalojo de las instalaciones.

Con esta sentencia en firme, pensaron los más directos afectados que iban a finalizar tantos quebraderos de cabeza que habían sufrido desde que el 23 de febrero de 1980 el demandado obtuvo licencia para la construcción de una nave de 75 por 5,50 metros para 22 gorrineras, que no corresponde con la actividad actual que, según el Censo de Explotación Porcina del 18 de febrero de 2010, el número de cerdos asciende a 3.030 animales.

Desde entonces todo ha sido un ir y venir por los Juzgados intentando alargar un proceso que solamente tiene una solución: el desalojo de la explotación como así ha fallado el TSJ de Castilla-La Mancha.

Infracción al RAMINP
Según esta sentencia, a la que ha tenido acceso El Faro de Hellín, tras haber sido dictada la resolución del 11 de septiembre de 2008 por la Comisión Municipal de Saneamiento del Ayuntamiento, se le concede a Ramón Fuentes un año para el desalojo y cierre de las instalaciones, por carecer de los permisos necesarios y no poder legalizar las modificaciones ampliatorias realizadas, a la vista de los escritos de quejas por malos olores de los vecinos y el acta de denuncia por infracción del RAMINP (Reglamento de Actividades, Insalubres, Molestas y Perniciosas) remitida por la Guardia Civil de Hellín.

Además, hay un informe técnico de la Inspección de Obras de 2003, confirmado por el arquitecto técnico, acompañado de otro de la arquitecta municipal de agosto de 2008, donde se pone de manifiesto que la actividad ganadera no respeta la distancia mínima al suelo urbano de 2.500 metros.

Ahora, la pregunta que se hacen los afectados directos y que creemos que debería hacer la responsable de Medio Ambiente del Ayuntamiento, es ¿por qué no se cumple esta sentencia? ¿por qué el responsable de esa granja porcina, después de más de 90 días de que le notificara la sentencia del cese inmediato, sigue manteniendo toda la actividad, continuando las molestias que originan con sus malos olores?

Algo que nos parece incomprensible y que podría traer alguna consecuencia que fuese directamente contra el buen nombre de nuestra ciudad, por el que ahora tanto se quiere luchar.

¿Se imaginan lo que pensaría la Reina Doña Sofía y todo su acompañamiento, si diese la fastidiosa casualidad que el día 25 de marzo, fecha prevista para su visita a la Comunidad de los Hermanos Franciscano de la Cruz Blanca, la ciudad apestase, como en otras ocasiones a purín (mierda) de cerdo?

Entonces podría volverse hacía sus personas de confianza y preguntar:
¿Pero dónde me han traído ustedes?

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