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Precisiones

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Precisiones

por Agustín Alonso

Proceso de la familia Collados

Sr. Director:
En mi condición de Abogado de un grupo de copropietarios que en su día recurrieron la liquidación de los gastos de urbanización del Polígono La Fuente, me veo en la necesidad de realizar unas precisiones a las declaraciones realizadas por el concejal, Sr. Moreno Moya que recoge la edición digital de El Faro de Hellín.

-Dice el Sr. Moreno Moya que ha habido una primera sentencia que da la razón al Ayuntamiento y una segunda que se la da a los propietarios. Pues bien, no es en absoluto cierto que haya habido dos sentencias: la única sentencia dictada en este procedimiento ha sido la que se ha conocido recientemente y que da la razón a los propietarios.

Es posible que el Sr. Moreno se refiera a un “Auto” dictado en el incidente de ejecución de sentencia seguido en el proceso de la familia Collados, pero esa resolución no es una sentencia y además se dictó en un procedimiento en el que mis clientes no eran parte; en el que no se ventilaba quien debía pagar la indemnización y que, por tanto no puede perjudicarles, como ya ha resuelto la sentencia que ahora van a recurrir.

-Dice así mismo que el Ayuntamiento estaba dispuesto a negociar suelo por cuotas de urbanización. Pues bien, del grupo de propietarios que he defendido, dos recurrían precisamente porque querían pagar mediante la cesión de suelo, algo a lo que el Ayuntamiento se negó en todo momento.
Es cierto que hace unos pocos meses ofreció esa posibilidad, pero con la condición de que previamente se desistiese del recurso interpuesto, lo que hubiese supuesto asumir el pago de las indemnizaciones, algo a lo que naturalmente no estaban dispuestos.

-Finalmente respecto de “los visos” de que la sentencia sea revocada en un eventual recurso de apelación, simplemente recordar que esta sentencia se limita a hacerse eco de lo ya declarado por las sentencias dictada en el caso Collados: Que las naves no tienen que ser demolidas (es una de las cantidades que el Ayuntamiento quiere cobrar) y que la indemnización fijada viene motivada por la pérdida de valor que sufrieron las naves de dicha familia como consecuencia de haber llevado a cabo el planeamiento a espaldas de la realidad.

Curiosamente este último extremo (la negligencia en el planeamiento) lo acaba reconociendo el señor Moreno Moya en sus declaraciones cuando afirma que todo “fue un capricho clamoroso de alguien que no tenía ninguna visión de futuro. Por lo tanto hizo una obra faraónica, con unos desmontes brutales y la eliminación de líneas de alta tensión, en lugar de desviar el polígono hacia la carretera de Las Peñas”.

Es decir reconoce que todo fue una actuación negligente que es lo que dijo el Juzgado antes, lo que mantuvo esta parte después; lo que dice el Juzgado ahora y, lo que por fin reconoce el propio Ayuntamiento, por tanto visos lo que se dice visos…

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