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Moción en defensa de la laicidad del Ayuntamiento de Hellín

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Moción en defensa de la laicidad del Ayuntamiento de Hellín

Presentada por el concejal Juan Carlos Marín

Juan Carlos Marín, concejal no adscrito del Ayuntamiento de Hellín, ha presentado una moción en el Registro de la Casa Consistorial con el fin de que sea debatida en la próxima sesión plenaria donde se muestra defensor del laicismo.

Tras apoyarse en el diccionario de la Real Academia de la Lengua que define el laicismo como la independencia del individuo o de la sociedad, y más particularmente del Estado, respecto de cualquier organización o confesión religiosa y dar cumplidas explicaciones porque no se puede considerar esta posición como antirreligiosa ni anticlerical, asegura que tampoco es sinónimo de ateismo ni de agnosticismo, pues, afirma, busca una forma de convivencia institucional, una organización política de la sociedad.

Más adelante asevera que la laicidad descansa en tres pilares:libertad de conciencia, la universalidad de la acción pública y la separación del Estado y las confesiones religiosas.

Artículo 16 de la Constitución española

Por último dentro de esta exposición, Juan Carlos Marín recuerda que en el artículo 16 de la Constitución española se garantizan la libertad ideológica, religiosa y de culto, derechos íntimamente vinculados al libre desarrollo de la personalidad. Así mismo se garantiza que ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los Ayuntamientos, como parte del Estado que son, están obligados a salvaguardar y cumplir la Constitución.

Por todo lo cual formula la siguiente moción a fin de que el Pleno se pronuncie sobre la misma y adopte los acuerdos siguientes:

Suprimir todo tipo de simbología religiosa en los actos oficiales y en los espacios de titularidad pública municipal.

No promover ritos ni celebraciones religiosas de ningún tipo. Los actos públicos oficiales serán exclusivamente civiles y sin connotaciones religiosas.

Los miembros de la corporación local y el personal al servicio de la administración municipal no participarán, en calidad de tal, en actos de naturaleza religiosa.

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