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Intervenidas 3.000 cajetillas de tabaco sin precinto fiscal en el término municipal de Hellín

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Intervenidas 3.000 cajetillas de tabaco sin precinto fiscal en el término municipal de Hellín

El tabaco intervenido, valorado en 14.100 €, fue localizado en el maletero de una furgoneta que circulaba por la autovía A-30

Efectivos de la Unidad de Seguridad Ciudadana (USECIC), pertenecientes a la Guardia Civil de Albacete, han intervenido un total de 3.000 cajetillas de tabaco, de una conocida marca comercial, localizadas en un dispositivo operativo de seguridad ciudadana en el interior del maletero de una furgoneta. El valor del tabaco intervenido asciende a 14.100 euros.

Actuaciones
La actuación policial tuvo lugar en el trascurso de un dispositivo operativo de Seguridad Ciudadana realizado por la Guardia Civil en la autovía A-30 (Albacete-Murcia), dentro del término municipal de Hellín, con el objetivo de controlar la circulación de personas y vehículos sospechosos de traficar con drogas y cometer delitos contra el patrimonio.

Intervenidos 60.000 cigarrillos sin la precinta fiscal

Tras la parada de una furgoneta, que resultó sospechosa a los agentes que formaban parte del operativo, se procedió a la identificación de sus dos ocupantes, localizándose seguidamente en el maletero del automóvil 6 cajas de cartón que contenían 60.000 cigarrillos distribuidos en 3.000 cajetillas de tabaco, todas ellas sin los precintos reglamentarios de la Agencia Tributaria.

Infracción a La Ley 12/1995 de Represión del Contrabando
Tras esta aprehensión, la conductora del vehículo fue denunciada por una infracción a la Ley Orgánica 12/1995 de Represión del Contrabando por carecer el tabaco intervenido de las obligatorias precintas fiscales propias de la Comunidad Europea o justificante de pago de las tasas correspondientes a la introducción del mismo en territorio Schengen.
15.000 euros, límite entre infracción administrativa y delito

En el caso de que las labores de tabaco intervenidas superen el valor de 15.000 €, la aprehensión pasa de ser una infracción administrativa a la Ley Orgánica 12/1995 de Represión del Contrabando a ser considerado delito. Esta figura delictiva se castiga con la pena de prisión de uno a cinco años y multa de hasta el séxtuplo del valor de los bienes, géneros o efectos intervenidos.

Depósito y destrucción
El tabaco intervenido ha quedado de depositado en dependencias del Comisionado del Mercado de Tabacos, dependiente de la Agencia Tributaria albacetense, para su posterior destrucción.

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