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La consejería de Educación, Cultura y Deportes se declara incompetente para impedir el traslado de la palmera de la Huerta del Río

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La consejería de Educación, Cultura y Deportes se declara incompetente para impedir el traslado de la palmera de la Huerta del Río

Que, al parecer, se llevará a cabo la próxima semana

El enredo provocado por la palmera de la Huerta del Río, no ha concluido, ni muchísimo menos. Como bien conocen todos nuestros lectores, el anunciado traslado que estaba fechado para el pasado jueves, día 9 del presente mes, fue suspendido cuando todo estaba preparado, tras tener conocimiento en el Ayuntamiento de Hellín, responsable de esta acción, de la presentación de una denuncia firmada por el que fuera concejal del Partido Popular, Antonio Callejas, ante el director provincial de la consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, alegando que esta intervención podría vulnerar varios puntos del Patrimonio Cultural de la región que están obligados a conservarlos, cuidarlos y protegerlos y evitar su deterioro o destrucción.

Asimismo, Antonio Callejas alegaba que “La intervención pretendida por el Ayuntamiento de Hellín puede vulnerar la propia figura de protección que el Plan de Ordenación Municipal de Hellín (P.O.M.)”, para rematar, indicaba que ”Esté monumental ejemplar arbóreo forma parte de manera indisoluble de la imagen colectiva de nuestro conjunto histórico…”

No es un bien cultural objeto de protección

Así, como hemos indicado, el traslado se suspendido, nos imaginamos por prudencia y esperando la decisión que se tomase desde la referida consejería, que precisamente ha llegado en la mañana del viernes, donde lo esencial es que esta denuncia no tiene alcance ninguno de acuerdo a la normativa de aplicación y la referida administración no es competente para impedir la extracción y el traslado del ejemplar de palmera objeto de la denuncia y su desubicación por parte del Ayuntamiento de Hellín.

Resolución, que firma la jefa de servicio de Cultura de la delegación de Albacete, M. Teresa Rico Sánchez, dice, entre otras cosas, que “El elemento natural objeto de la denuncia, no constituye un bien cultural que pudiera ser objeto de protección por parte de esta Administración competente en materia de Cultura”.

Más adelante, indica que la palmera está situada en un solar de propiedad privada, incluido en el borde del entorno del Conjunto Histórico de Hellín, no formando parte de ningún espacio público urbano de carácter ajardinado por lo que explican:

“No podemos considerar la palmera Washingtonia robusta, como un elemento que constituya un testimonio de evolución ni de cultura de la localidad de Hellín, y dada su localización no constituye, asimismo, un valor de uso y disfrute para la colectividad…”

Y señalan que La palmera en entredicho, no constituye un elemento autóctono propio de Hellín y por lo tanto no está vinculado a los ejemplares botánicos más representativos de la comarca; su localización en un solar privado no contribuye a valorizar la imgen del paisaje urbano de Hellín. Por tanto, de acuerdo con el contenido y la motivación de la Declaración del Conjunto Histórico de Hellín, no forma parte de valores culturales ni histórico y esta Administración se declara no competente para impedir la extracción y el traslado de la mencionada palmera objeto de la denuncia.

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