Periódico con noticias de última hora, multimedia, álbumes, ocio, sociedad, servicios, opinión, actualidad local, economía, política, deportes…

La ley del embudo

Article   0 Comments
Line Spacing+- AFont Size+- Print This Article
La ley del embudo

Antonio García

La historia del constitucionalismo español es prolija y fecunda. Llevamos a las espaldas nada menos que siete Leyes Fundamentales del Estado, desde aquella lejana de 1812 (La Pepa) hasta la última que nos hemos dado los españoles en 1978. Aunque el siglo XIX se lleva la palma, con cinco “fundamentos” de esos en sesenta y cuatro años. Queda guay eso de “nos hemos dado”, a mí me encanta. Y es que los ciudadanos somos la leche dándonos cosas. Como saben todos ustedes, una Constitución define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política. Cosa que es casi mentira, porque los políticos y las instituciones hacen lo que les sale sin que nadie los “delimite”, pero me da gusto que lo ponga así. Pues bien, la Constitución española de 1978 recoge en su articulado la participación de todos los ciudadanos/as en la vida política, económica, cultural y social, al tiempo que obliga a los poderes públicos, tanto a facilitar esa participación, como a promover las condiciones para que la libertad e igualdad del individuo y de los grupos sociales en que se integra sean reales y efectivas. O sea, que tós semos iguales ante la Ley.

Sin embargo, esta Ley de Leyes no basta. Somos tan poco educados, tolerantes y solidarios en este país, que es preciso se nos recuerde, recalque, machaque, insista y aclare con nuevas leyes lo que ya dice la Constitución, debido a dos factores determinantes: uno, que en España andamos sobraos de guasa. Dos, que casi nadie se la ha leído. Y digo que no basta porque, sobre todo, es necesario hacer hincapié en el reconocimiento y protección jurídico-social de ciertas personas y colectivos marginados. A saber: los gordos.

Las personas con sobrepeso están discriminadas en nuestra sociedad. Fenómeno este que ya se detecta a temprana edad, entre la comunidad educativa de párvulos. Por lo que, aún siendo ciudadanos cuyos derechos los ampara la Constitución, es necesario legislar a cosica hecha sobre ellos, para que se reconozcan, respeten, acepten y hasta “promocionen” sus peculiaridades físico-estético-endocrinas. Y se les facilite “visibilidad”.

Por lo que, a la sazón, propongo la siguiente Ley: “Ley de protección integral contra la discriminación por Diversidad de Peso y Volumen e Igualdad Social y No Discriminación de los Gordos”. Muy resumidamente el Preámbulo rezaría así: <<La Constitución, en su artículo 14 reconoce que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, religión, opinión, volumen, peso o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La Ley garantizará una protección efectiva por parte de la Administración de “este país” a personas humanas que sean víctimas de discriminación y delitos de odio, o sufran trato discriminatorio, vejatorio o degradante por su orientación sobre la báscula e identidad y/o expresión de gordura>>. Y muy brevemente, proponemos el articulado fundamental que debe iluminar y regir dicha norma básica de obligado cumplimiento:

Art. 1. Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto regular los principios, medidas, instrumentos y procedimientos para garantizar el derecho de todo gordo a no sufrir presiones, choteo, mofa y befa, así como el derecho a su integridad física y psíquica, en cualquier ámbito, público o privado por donde pasee sus volúmenes.

Art. 2. Cualquier persona, independientemente de su gordura biológica, podrá elegir libremente “el género” de gordura que desee. La Seguridad Social facilitará gratuitamente las operaciones de cambio de obesidad con la que el sujeto, o sujeta, se sienta más identificado.

Art. 3. El Estado perseguirá sin componendas ni mariconadas a todos aquellos –o aquellas- que manifiesten pública o privadamente su “gordofobia”.

Art. 4. Ninguna persona gorda podrá ser presionada, coaccionada u obligada a ocultar, suprimir o negar su peso, así como someterse a tratamientos hormonales, quirúrgicos, psiquiátricos o de cualquier otro tipo con la finalidad de modificar su volumen.

Art. 5. El Estado elaborará, difundirá e implantará entre todos los centros educativos, públicos y privados, protocolos que permitan detectar, prevenir y corregir acciones de discriminación o acoso hacia los gordos. Los planes educativos contendrán todas las enseñanzas necesarias para instruir a los niños, desde su más tierna infancia, sobre la ideología GORV (Gordo, Obeso, Rollizo, Voluminoso). Así mismo promoverán el derecho a la libertad de elegir “su identidad” de peso y talla de ropa, a partir de los cinco años, sin el permiso paterno. Es decir, se incluirá la ideología GORV en los planes educativos, sí o sí.

Art. 6. Se crea el Centro de Documentación y de Memoria Histórica GORV de la Nación española y antiguos territorios coloniales.

Art. 7. Se aprobará el matrimonio entre gordos y/o gordas, así como su derecho a adoptar niños y niñas. Las parejas de hecho formadas por gordos o gordas tendrán derecho a adoptar niños y niñas, del peso que sean, en las mismas condiciones (o mejores) que los matrimonios tradicionales, carcas y pasados de moda.

Art. 8. Será sancionado con multas de cojón de mico y/o cárcel, todo especialista en nutrición y dietética que se atreva tan solo a ofrecer a los gordos y gordas terapias para bajar de peso, volumen o talla.

Disposición Final. El Estado hará lo posible y lo imposible para que el colectivo GORV sea “visualizado”. Las autoridades de “este país” promocionarán y subvencionarán el Día Internacional del Orgullo Gordo, y en todas las balconadas de edificios públicos se colocará “in perpetuum” la bandera –color sebo- del colectivo GORV.

Hay mucho más, pero aquí lo dejo, amigos. Si me ayudan a recoger los diez millones de firmas necesarias, propondremos que se estudie y apruebe este anteproyecto de ley contra la gordofobia en el Congreso de los Difurciados.

Article   0 Comments
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner

Hemeroteca

Banner

AUDITADOS POR

error: Content is protected !!