Periódico con noticias de última hora, multimedia, álbumes, ocio, sociedad, servicios, opinión, actualidad local, economía, política, deportes…

Individuo, persona y dignidad

Article   0 Comments
Line Spacing+- AFont Size+- Print This Article
Individuo, persona y dignidad

Antonio García

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) aprueba la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Este hecho marcó un hito en la historia. Ratificada por 195 países de los cinco continentes, fue adoptada como un ideal común para todos los pueblos y naciones.

Afirma en su preámbulo lo siguiente: << Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana… Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre…>>. Y dice en su artículo 3: <<Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona>>.

Así pues, queda claro, que todo se basa en el reconocimiento del valor y estima que merece todo ser humano por el hecho de serlo. Es decir, en la “dignidad humana”. Único argumento teórico que reconoce la Declaración Universal de los Derechos Humanos, para fundamentar todos los demás.

Demos ahora un salto y vayamos a la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en la Asamblea General de las Naciones Unidas, como tratado de derechos humanos el 20 de noviembre de 1989. Entró en vigor el 2 de septiembre de 1990.

Un ligero vistazo a su Preámbulo: <<Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”…>> Y solo un artículo, para no cansar:

Artículo 6. 1) Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida. 2) Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño.

Es decir, para entendernos: la Humanidad, tomando conciencia de la barbarie primitiva, la injusticia y la ignorancia, avanzó hacia el conocimiento, la justicia y la moralidad. Hacia el sentido común que el mundo necesitaba. Y plasmó sus intenciones en numerosos documentos, de los que solo hemos puesto un par de ejemplos.

Pero en el camino que previamente anduvo tuvo que descubrir el significado de dos palabras: “individuo” y “dignidad”. Hagamos nosotros al menos una aproximación al significado e importancia de ambos términos.

Antes de seguir les invito a hacerse una pregunta: ¿qué ha pasado para que, aquella original y bienintencionada ONU, se haya convertido en la mayor promotora de la muerte? ¿Qué ha ocurrido para que los derechos elementales y primarios de los niños, hayan sido enterrados bajo el sofocante peso de leyes ideológicas destructivas, o fulminados, con beneplácito estatal, en un aborto provocado? Piénsenlo.

El diccionario define “persona” como <<individuo de la especie humana>>. Este último vocablo, individuo, procede del latín “individuus”, que quiere decir: indivisible. El individuo o persona es un ser humano que lo contiene todo. No se le puede dividir en partes. Cada individuo contiene en sí mismo el universo. Es “uno”, único e irrepetible, dentro de un colectivo de seres de su misma especie. No ha habido, hay ni jamás habrá otro ser idéntico. Cada uno de nosotros somos una unidad independiente frente a la pluralidad de muchos individuos.

Todos los movimientos a favor de “los derechos” de los seres humanos se apoyan en que cada individuo vale y debe ser respetado, de manera que no es aceptable ninguna forma de discriminación para decidir quién puede o no vivir.

La persona, además, está por encima de la materia. No depende intrínseca y substancialmente de la materia, pues no se agota con la corporeidad, sino que la trasciende: libertad, pensamiento, arte, amor…. Y de ahí la dignidad humana, que no tiene otra fundamentación que el espíritu. La materia por sí sola no posee dignidad. El ser hombre significa “integridad”, totalidad y trascendencia. Y posee dignidad intrínseca, es decir, por el solo hecho de ser hombre. Por el solo hecho de existir. Todo, en el ser del ser humano, sea de la condición que sea, participa de su individualidad y dignidad de persona, por el espíritu.

Por tanto, la individualidad y la dignidad no la otorgan los demás hombres. Si ello fuera así… Les dejo a ustedes la reflexión.

Por último, preciso es reconocer que la dignidad humana es una idea de profundo sentido cristiano. Hondamente enraizado en la teología cristiana. Y la historia lo demuestra. Mas, no es necesaria la historia, sino la sola inteligencia. Si no es el propio hombre quien nos otorga individualidad y dignidad, ambas solo pueden venir, en cada uno de nosotros, de la mano del Supremo Creador, pues nuestra dignidad (ser merecedores de algo) nace de ser creados por Dios, de estar reconciliados por Cristo y de estar llamados a la plenitud del cielo.

Y de ahí, queridos amigos, la gravedad de inmolar a una persona, por minúscula que sea. Un embrión ya es persona, destinada a aportar algo decisivamente real y valioso a la convivencia humana. Cada ser humano, trasciende a la especie homo sapiens, y da al universo, a la sociedad, a cada persona con la que convive, una riqueza y una novedad irrepetible, que constituye uno de los más insignes y decididos títulos de su invaluable dignidad.

Mírense a sí mismos, piénsenlo detenidamente y no se dejen engañar.

Article   0 Comments
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner

Hemeroteca

Banner

AUDITADOS POR

error: Content is protected !!