El Faro de Hellín

Réplica de Cristóbal Espinosa

Derecho de rectificación‏

Sr Director y Presidente del Faro de Hellín, Dº. Mariano Andújar Tomás:
En relación al artículo publicado por su periódico el día de ayer 25 de Marzo de 2015, titulado “Los exconcejales de IU y Ganemos Hellín” y a la conversación de whatsapp publicada como un enlace dentro del artículo referido anteriormente, en el que se me alude expresamente, les informo de lo siguiente:

1º.- Ese artículo es manifiestamente inexacto, malicioso y malintencionado hacia mí persona y hacia la plataforma política a la que pretenden difamar, por los siguientes motivos:

2º.- Por todo lo mencionado en el punto anterior, se le emplaza a que en cumplimiento de lo dispuesto en la los artículos 1, 2 y de la Ley Orgánica 2/1984 de 26 de Marzo, publicada en el «BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 1984, páginas 8387 a 8387:

 

Para que procedan a realizar las oportunas rectificaciones, se les da el plazo legalmente establecido por la Ley Orgánica 2/1984 de 26 de Marzo, publicada en el «BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 1984, páginas 8387 a 8387, o en caso contrario, entendiendo que no rectifican su publicación inicial, se procederá según lo que dispone la legislación vigente, con el fin de garantizar mis derechos y de restablecer la verdad sobre este asunto.